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Sobre la aplicacion del nuevo codigo procesal penal

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    Región Sur

    Puno: Cuestionan a fiscales por aplicación de código penal











    Código PHP:
    Puno

    Cuestionan a fiscales por aplicación de código penal

    Jueves
    03 de octubre de 2013 2:45 pm 






    Audiencias
    Mayoría de casos que ingresan al Ministro Público no llegan a juicioSostienen que fiscales solo optan por aplicar salidas legales del NCPP

    AudienciasMayoría de casos que ingresan al Ministro Público no llegan a juicioSostienen que fiscales solo optan por aplicar salidas legales del NCPP.
     



      

       


     
     
     


      
     


     
      













      

     

     

       


    Posiciones
    A cuatro años de su implementación en Punosegún varios especialistasfiscales no persiguen espíritu de norma para conseguir sanción por delitos y justicia para los agraviados.  

    Liubomir Fernández.
     
    Puno.

    La balanza del pro y contra de la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal (NCPPen la región Punovigente hace cuatro añosse inclina más al lado negativo

    Las críticas a este nuevo modelo están referidas básicamente a sus operadoresEl abogado penalistaRogelio Ticonacree que los fiscales no están a la altura de lo garantista que se supone es el NCPPPrecisó que los defensores de la ley no tienen vocación de investigadores y no se anticipan a los probables escenarios que podrían enfrentar si pasan por alto algún procedimiento de acuerdo a ley

    “Son mínimos los casos en los que se llega a juicioComo no existe la vocación de velar por el cumplimiento de la ley y alcanzar justicialo más fácil es archivar o aplicar el criterio de la terminación anticipada”dijo.

    Pero este no sería el único aspecto en contraEl penalista José Belón cree que los fiscales han hecho que el NCPP sea un fracaso como aplicaciónporque no conocen de doctrina jurídicaAseguró que los fiscales llegan a las audiencias sin estrategia doctrinaria ni legal.

    Belón cree que el nuevo modelo es ad hocpero necesita ajustesPrecisó que se debería poner requisitos a la terminación anticipadaporque gracias a este beneficio varios procesados evitaron ir a la cárcelpese a estar acreditada su responsabilidad

    Cree además que por esa figura legal se dan casos como del fiscal Jorge Bedregalque fue quien negoció una coima a cambio de plantear la reducción de pena a favor de un procesado por robo agravado.

    Para el procurador AnticorrupciónSamuel Laricola mayor lección de estos 4 años es que los fiscales no tienen interés en perseguir el delito ni alcanzar justicia.
      

    OBJETIVOS CUMPLIDOS

    No obstante para los fiscales
    directos responsables de su aplicaciónlos objetivos han sido cumplidos.

    La presidenta de la Junta de FiscalesGaby Pantigozo Mezaasegura que los fiscales sí están a la altura de lo exigido por el NCPPPrecisó que de los 47 mil 955 denuncias ingresadas a la fecha35 mil 610 fueron resueltasLa diferencia aún está en trámiteEvitó señalar cuántos terminaron en el archivo

    Pantigoso señaló que las salidas que permite la norma permitieron dar celeridad a los procesoslo cualasegurahace que cumplan los objetivos  jurídicos legales desde la perspectiva de administrar justicia

    Expresó que la mayor falencia es no contar con un laboratorio de Criminalística

    En tantoel juez Edson Jáuregui evitó lanzar críticas al NCPPaduciendo que los fiscales han hecho esfuerzos por hacer que la norma alcance su máximo espírituDestacó varios procesos que culminaron con sentencia
    YO ME PREGUNTO PORQUE NO SE VUELVE AL SISTEMA ANTIGUO EN EL QUE LA PNP VERDADERAMENTE INVESTIGA ANALIZA CALIFICA Y DETERMINA EL DELITO Y EL FISCAL HACE SUYA ESTA ACUSACION, NI SI QUIERA ESTE NCPP HACE QUE EL IMPUTADO CONFIESE SU DELITO ESTE CODIGO FORMALISTA CREE QUE CON GUANTE DE SEDA VA A CONNSEGUIR LA CULPABILIDAD REFORMEMOS EL ESTE CODIGO

  • #2
    El Nuevo Código Procesal Penal es nuevo y se implementó ante la inoperancia del viejo Código de Procedimientos Penales de 1940, pedir regresar al viejo Código es retornar a épocas de las cavernas, en cuanto a que el Fiscal hace suyo las conclusiones a las que arriba la policía no es cierto, ni con el NCPP ni con el CPP de 1940 y el CPP de 1991, el Ministerio Publico es el titular de la acción penal y las opiniones que emite la Policía no son vinculantes, por lo general las conclusiones de los viejos atestados y partes policiales no eran tenidos en cuenta, porque valga la verdad y sin ánimo de ofender la Policía no tiene una formación jurídica adecuada y al tipificar conductas generalmente cometían muchos errores, por ello se varió y actualmente solo informa los resultados de la investigación. Con el nuevo sistema procesal lo único que ha variado es que la PNP no tipifica las conductas por lo demás la investigación sigue operativamente a su cargo (esa es su función) la Fiscalía se encarga de la dirección jurídica. Finalmente, el NCPP2004 recién lleva en vigencia desde el 2006 es decir siete años, por el contrario el de 1940 fue el causante de todo este caos a nivel judicial, es el generador de los expedientes de decenas de años de duración, de corrupción, de lentitud procesal y etc, etc.

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