El 21 de agosto de este año, la Agencia de Compras de las FF.AA. promulgó la Resolución Jefatural N°121-2017-ACFFAA, mediante la cual se aprobó el nuevo Manual de Contrataciones en el Mercado Extranjero MAN-DPC-001 Versión 3, dejando sin efecto la norma anterior (184-2015-ACFFAA del 30 de diciembre de 2015). La nueva norma introduce cuestionables modificaciones a los criterios de evaluación de las propuestas en procesos de contratación internacional. Concretamente, en la página 24 de dicho documento, se detalla lo siguiente:

Básicamente se está estableciendo que, para efectos del cálculo del puntaje total, el puntaje económico tenga un peso igual al técnico (50/50) y lo que es más preocupante aún: introduce previsiones para que, de darse el caso, una licitación pueda resolverse exclusivamente por precio - a saber, si el factor de evaluación económica "m" fuese 1, entonces la parte técnica ni siquiera contaría y ganaría automáticamente el postor con la oferta económica más baja.
Ello representa un retroceso preocupante respecto del manual anterior que regía vigente hasta hace algunas semanas (Versión 2, pp.27-28 ):

Bajo dicha norma, el factor de evaluación técnica podía fluctuar entre 0.7 y 0.8 (mientras que el económico, entre 0.3 y 0.2, siendo la sumatoria de ambos factores 1), privilegiando considerablemente la parte técnica sobre la económica, pudiendo llegar la primera a representar hasta tanto como 70 u 80% del puntaje total.
Está de más señalar que considero que dicha revisión representa una decisión nefasta en perjuicio de cualquier política existente de apostar por material de calidad para nuestras Fuerzas Armadas. Lo que es todavía peor, introduce el riesgo de dejar las puertas abiertas para que cualquiera pueda ganar únicamente ofreciendo el valor económico más bajo. Cualquier postor de medio pelo que fabrique sus productos en una cochera o empresa de detergentes tiene ahora vía libre para venderle material de defensa al Estado peruano.
Lo peor es que si nadie revisa, estas cosas simplemente pasan piola (como el Alacrán).
Saludos

Básicamente se está estableciendo que, para efectos del cálculo del puntaje total, el puntaje económico tenga un peso igual al técnico (50/50) y lo que es más preocupante aún: introduce previsiones para que, de darse el caso, una licitación pueda resolverse exclusivamente por precio - a saber, si el factor de evaluación económica "m" fuese 1, entonces la parte técnica ni siquiera contaría y ganaría automáticamente el postor con la oferta económica más baja.
Ello representa un retroceso preocupante respecto del manual anterior que regía vigente hasta hace algunas semanas (Versión 2, pp.27-28 ):

Bajo dicha norma, el factor de evaluación técnica podía fluctuar entre 0.7 y 0.8 (mientras que el económico, entre 0.3 y 0.2, siendo la sumatoria de ambos factores 1), privilegiando considerablemente la parte técnica sobre la económica, pudiendo llegar la primera a representar hasta tanto como 70 u 80% del puntaje total.
Está de más señalar que considero que dicha revisión representa una decisión nefasta en perjuicio de cualquier política existente de apostar por material de calidad para nuestras Fuerzas Armadas. Lo que es todavía peor, introduce el riesgo de dejar las puertas abiertas para que cualquiera pueda ganar únicamente ofreciendo el valor económico más bajo. Cualquier postor de medio pelo que fabrique sus productos en una cochera o empresa de detergentes tiene ahora vía libre para venderle material de defensa al Estado peruano.
Lo peor es que si nadie revisa, estas cosas simplemente pasan piola (como el Alacrán).
Saludos
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